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Cómo optimizar la fiscalidad de las rentas patrimoniales mediante una sociedad patrimonial

Publicada el 26 de enero de 202628 de enero de 2026 por prioratdigital.com

Análisis real con datos económicos y comparativas claras

Uno de los principales problemas de los inversores y empresarios con patrimonio consolidado es que las rentas patrimoniales tributan de forma muy ineficiente cuando se gestionan como persona física. Alquileres, dividendos, intereses o plusvalías quedan sometidos a tipos elevados en el IRPF, reduciendo drásticamente la capacidad de ahorro y reinversión.

La sociedad patrimonial es una herramienta legal que permite optimizar la fiscalidad de estas rentas, siempre que se analice correctamente el tipo de activos, el volumen de ingresos y el objetivo a medio y largo plazo del titular del patrimonio.

Este artículo analiza cómo funciona esa optimización, con ejemplos reales y cifras comparables, para valorar de forma clara cuándo una sociedad patrimonial tiene sentido desde un punto de vista fiscal.

El problema fiscal de las rentas patrimoniales en persona física

sociedad patrimonial

Cuando una persona física obtiene rentas patrimoniales relevantes, estas tributan principalmente en dos bloques:

  1. Rentas inmobiliarias (alquileres)

  2. Rentas del capital mobiliario (dividendos, intereses, rendimientos financieros)

En ambos casos, la tributación se integra en el IRPF y está sujeta a tipos progresivos, que en patrimonios elevados pueden situarse entre el 45% y el 54%, según la comunidad autónoma y el nivel de renta.

Esto genera dos efectos negativos:

  • Una alta carga fiscal anual

  • Una limitación severa para reinvertir y hacer crecer el patrimonio

Qué cambia cuando las rentas se obtienen a través de una sociedad patrimonial

Cuando las rentas patrimoniales se canalizan a través de una sociedad patrimonial, el esquema fiscal cambia sustancialmente:

  • Las rentas tributan en el Impuesto sobre Sociedades

  • El tipo general es del 25%

  • No existe progresividad: el tipo no aumenta con el volumen de renta

  • Los beneficios pueden mantenerse en la sociedad y reinvertirse

La diferencia no está solo en el tipo impositivo, sino en la capacidad de diferir la tributación personal.

Ejemplo 1: Rentas inmobiliarias elevadas

sociedades patrimoniales

Situación como persona física

Un inversor posee 6 inmuebles en alquiler:

  • Ingresos anuales por alquiler: 150.000 €

  • Gastos deducibles (IBI, mantenimiento, seguros, comunidad): 30.000 €

  • Rendimiento neto: 120.000 €

Este rendimiento se integra en la base general del IRPF.

Tipo medio efectivo estimado: 47%

Impuesto anual:
120.000 € × 47% = 56.400 €

Renta neta disponible:
63.600 €

Situación mediante sociedad patrimonial

Los inmuebles se aportan a una sociedad patrimonial.

  • Rendimiento neto: 120.000 €

  • Impuesto sobre Sociedades (25%): 30.000 €

Beneficio neto en la sociedad:
90.000 €

Ahorro fiscal anual:
56.400 € – 30.000 € = 26.400 €

Este ahorro no es teórico: es liquidez real que puede utilizarse para:

  • Comprar nuevos inmuebles

  • Amortizar financiación

  • Crear reservas patrimoniales

Ejemplo 2: Rentas mixtas (inmobiliarias y financieras)

Situación como persona física

Un empresario obtiene anualmente:

  • Rentas inmobiliarias netas: 80.000 €

  • Dividendos e intereses: 60.000 €

Total rentas patrimoniales: 140.000 €

Tipo medio efectivo IRPF: 48%

Impuesto anual:
67.200 €

Situación con sociedad patrimonial

La sociedad percibe las mismas rentas:

  • Rentas totales: 140.000 €

  • Impuesto sobre Sociedades (25%): 35.000 €

Ahorro fiscal anual:
32.200 €

Además, el empresario no necesita retirar el dinero de la sociedad, evitando la tributación adicional en su IRPF.

Ejemplo 3: Impacto en la capacidad de reinversión a 10 años

Escenario sin sociedad patrimonial

  • Rentas netas anuales: 120.000 €

  • Impuesto medio IRPF: 56.400 €

  • Capacidad de ahorro anual: 63.600 €

En 10 años (sin considerar rentabilidad):

  • Ahorro acumulado: 636.000 €

Escenario con sociedad patrimonial

  • Rentas netas anuales: 120.000 €

  • Impuesto sobre Sociedades: 30.000 €

  • Capacidad de ahorro anual: 90.000 €

En 10 años:

  • Ahorro acumulado: 900.000 €

Diferencia patrimonial tras 10 años:
264.000 €

La optimización fiscal no solo reduce impuestos, multiplica el crecimiento patrimonial en el tiempo.

La clave: diferir, no eliminar, la tributación personal

creacion de sociedad patrimonial

Es importante entender que la sociedad patrimonial:

  • No elimina la tributación personal

  • Permite decidir cuándo tributar

  • Da control sobre el momento y la forma de retirar rentas

Esto es especialmente relevante para:

  • Planificación de jubilación

  • Ingresos irregulares

  • Sucesión patrimonial

Errores frecuentes al crear sociedades patrimoniales

  • Analizar solo el tipo impositivo y no el conjunto de la estructura

  • No planificar la futura retirada de dividendos

  • Mezclar patrimonio con actividad operativa

  • No coordinar la sociedad patrimonial con un holding familiar

Por ello, el diseño previo es determinante.

El papel de APF Consultores en la optimización fiscal patrimonial

APF Consultores asesora a empresarios, inversores y familias con patrimonio relevante en:

  • Análisis fiscal comparativo persona física vs sociedad

  • Creación de sociedades patrimoniales eficientes

  • Optimización de rentas inmobiliarias y financieras

  • Coordinación con holdings y planificación sucesoria

Su enfoque se basa en datos reales, proyecciones a medio y largo plazo y seguridad jurídica, evitando estructuras genéricas que no aportan valor.

Optimizar la fiscalidad de las rentas patrimoniales no es una cuestión teórica: es una decisión estratégica que impacta directamente en el crecimiento y la conservación del patrimonio.

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