Actualmente los bancos ofrecen hipotecas con bajos intereses a cambio de contratar seguros. El comparador financiero Fercogestion nos explica qué seguros son obligatorios para firmar una hipoteca.
Solo es obligatorio el seguro de hogar
La legislación española no obliga a un propietario a asegurar su vivienda, a excepción de que adquiera el inmueble con una hipoteca. Concretamente, un seguro de hogar también conocido como seguro de daños o de incendios. Esta póliza debe reflejar como beneficiario al banco, para asegurarse el capital prestado al cliente. Pero, aunque la entidad bancaria figure como beneficiaria, no puede obligar al cliente a contratar el seguro de hogar que comercializa ella misma. El fututo hipotecado tiene el derecho a contratarlo en la entidad que considere adecuada.
El resto de los seguros no son obligatorios
La vinculación, a través de los seguros, a cambio de intereses vistosos ha sido el paradigma hacia el que ha evolucionado el mercado hipotecario en plena era posburbuja inmobiliaria. La bajada de los tipo de interés a mínimos históricos y el exceso de liquidez de la banca han creado una mezcla singular.
Los bancos necesitan conceder financiación para rebajar su exceso de liquidez (penalizada por el BCE), pero al mismo tiempo solo están dispuestos a conceder hipotecas baratas a perfiles solventes en un contexto de tipos bajos. El resultado son hipotecas con diferenciales que doblan a los ofertados antes de la crisis, pero con un euríbor en negativo.
Para rebajar los intereses y además cumplir las exigencias de vincular a perfiles solventes, los bancos nos piden la contratación de seguros, como el de hogar, el de vida, el de protección de pagos o, incluso, planes de pensiones. La contratación de todos estos seguros puede acabar encareciendo la hipoteca y el usuario debe saber que no son obligatorios, a excepción del seguro de hogar.
Sin embargo, si no se contrata toda la vinculación requerida por la entidad pueden suceder dos situaciones; o bien el interés de la hipoteca puede incrementarse o bien la entidad puede negarse a darnos el préstamo hipotecario. En cualquier caso, el cliente debe hacer números y calcular qué le interesa más, una hipoteca cargada de vinculación y un bajo interés o un préstamo hipotecario sin vinculación, pero con un interés más alto. Pero siempre, teniendo claro que esta vinculación con coste no es obligatoria para firmar la hipoteca.
Fuente: Fercogestion